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domingo, 8 de marzo de 2009

Reglamento a la medida en la FMF

Para mí, simplemente no hay vuelta de hoja. La intención del Club Necaxa de suplir al defensa mexicano Fernando López, lesionado de gravedad desde el 9 de enero pasado, con la llegada del veterano zaguero chileno Ricardo Rojas resulta anti reglamentaria, aunque Enrique Bonilla, director deportivo de la FMF ya haya dado luz verde para ello y Decio de María, con un cinismo a prueba de balas, echara la culpa de la polémica a quienes han querido dar una mala interpretación de la regla.
El artículo 18.1 del reglamento de competencia es categórico: “Si el jugador lesionado es mexicano, únicamente podrá ser sustituido por otro jugador mexicano.”
Y aunque la directiva del Necaxa ha anticipado, que el ex defensa de América y Colo Colo de 34 años de edad, será inscrito el 13 de marzo, una vez que supuestamente se cumplan los dos años de la expedición la carta de naturalización de la Secretaría de Relaciones Exteriores que acreditó a Rojas como mexicano, ello no le convierte en el acto, según publica el reglamento de competencia en su artículo 23, en “elegible” como tal, sino hasta el próximo torneo el Apertura 2009.
El artículo efectivamente es claro al afirmar que “los Jugadores naturalizados podrán participar dentro del cupo de mexicanos a partir de los dos años de la fecha de expedición de la Carta de Naturalización, emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores”, lo que efectivamente, según Enrique Bonilla, se cumplirá el día 13 de marzo.
Pero ese mismo artículo aclara: “Si el jugador cumple con los dos años de naturalizado durante el desarrollo de cualquiera de los dos Torneos, el registro que lo acredite como mexicano ante la FMF, se expedirá hasta el siguiente periodo de registro”.
Por ello, según afirma lo escrito en el reglamento de competencia -no la interpretación libre de De María- aunque el defensa Ricardo “Cuervo” Rojas contara efectivamente con una la carta de naturalización expedida el 13 de marzo de 2007 (sería bueno que mostraran esa la carta públicamente), no podría ser registrado en el torneo durante el cual se cumplen los dos años de ello.
Y que quede claro que si bien ese artículo de la FMF es inadmisible pues viola a la misma Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, éste fue establecido por los propios dueños de los clubes y ha prevalecido en la Primera División Nacional desde hace varios años siendo aplicado a rajatabla en casos como los de Miguel Calero, Andrés Chitiva, Leandro Augusto, Christian Giménez y Vicente Matías Vuoso, entre otros.
La única excepción que se marca al respecto de la duración que debe pasar para que un jugador mexicano por naturalización deje de ocupar una plaza de extranjero antes de los dos años posteriores a su naturalización, es el hecho de que sea convocado a la Selección Nacional de México, acto que acelera ese plazo, pero para el cual también se considera que debe cambiar su condición hasta el siguiente torneo.
Por eso, Bonilla y De María, que intentan defender esta inscripción como reglamentaria, lo hacen, igual que en el caso de Christian Benítez, justamente por interpretar la regla a su conveniencia, o la de sus patrones, pero nuevamente su decisión es contraria a lo que ellos mismos establecieron en el reglamento. La ley escrita, es en rigor, la que se tiene que aplicar, no el espíritu de la misma, o la interpretación que se le quiera dar, o lo que en realidad hubieran querido legislar.
Y luego Decio se atreve a pedir un “pacto nacional” para no hacer trampas y fomentar el juego limpio. Otra vez la FMF parece tomar partido en la disputa por el no descenso. Ojalá que en la cancha, sus intentos no influyan y que se vaya el equipo que se tenga que ir por sus deficiencias deportivas no por haber sido desprotegido en los despachos de la FMF, como le ocurriera no hace mucho -se acuerda- al Querétaro.

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